NOM-247-SE-2021: Protección contra fraudes inmobiliarios


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NOM-247-SE-2021: Protección contra fraudes inmobiliarios


  • Autor Marketing Arquimo
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  • Publicado el 2022-05-04
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En los últimos años, los fraudes inmobiliarios en México han ido en aumento, afectando a inmobiliarias, constructoras, instituciones financieras y sobre todo, a los compradores. Para contrarrestar esta problemática, se ha implementado la NOM-247-SE-2021.

La Secretaria de Economía (SE) y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) dieron a conocer la aplicación de esta norma para regular las prácticas publicitarias, comerciales y actividades integradas en la compraventa de inmuebles destinados a casa habitación.

 

La NOM-247-SE-2021 establece que los proveedores están obligados a informar y respetar los precios, tarifas, garantías, medidas, materiales, acabados, seguros, plazos, términos, formas de pago y demás condiciones aplicables a la comercialización de un inmueble.

 

El objetivo de la norma es cuidar a los consumidores en todos los aspectos involucrados en la adquisición de un nuevo hogar. La Nom-247-SE-2021, protege sobre todo a los compradores de una casa habitación.

En la creación de esta norma participaron la Cámara Nacional de la Industria de Desarrollo y Promoción de la Vivienda (Canadevi), la Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios (AMPI), el Colegio Nacional del Notariado Mexicano y la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC).

¿A quién aplica la NOM-247-SE-2021?

La NOM-247-SE-2021 es aplicable para personas físicas y morales que intervengan directa o indirectamente en la asesoría o venta de viviendas, con la intención de promover prácticas más transparentes y seguras para los consumidores.

Algunos de los aspectos considerados en la NOM-247-SE-2021:

Publicidad: Dentro de la publicidad de compraventa de cualquier inmueble, debe prevalecer la transparencia mediante información veraz, comprobable y clara. Además, es importante que se eliminen los elementos que puedan incitar al error, información confusa, abusiva o engañosa, conforme a la Ley de Protección al Consumidor.

Condiciones del inmueble: La NOM-247-SE-2021 establece que las viviendas en venta deben cumplir con las instalaciones y condiciones necesarias para proveer los servicios básicos como el agua potable, energía eléctrica, drenaje, electricidad, utilización de gas LP, y adecuaciones para cocinar. Estas características deben estar consideradas dentro del precio de la vivienda.

Canales de atención: Es valioso que los proveedores de inmuebles cuenten con canales de atención de quejas y solicitudes, correo electrónico, formularios web, o cualquier medio digital para mantener total y completamente informado al consumidorademás de permitirle enviar quejas y sugerencias.

Protección de datos: Todos los datos brindados por el consumidor deben ser tratados de manera legal y únicamente con el fin que se le comunicó al consumidor que serían utilizados. El consumidor puede solicitar que su información sea eliminada del registro o sistema en el momento que lo desee.

Anticipos y enganches: La NOM-247-SE-2021 establece obligaciones en cuanto a anticipos, enganches, bonificaciones y el uso de marcas de instituciones como Infonavit y FOVISSSTE, con la intención de evitar que terceros no autorizados hagan mal uso de ellos.

No discriminación: Los servicios inmobiliarios prestados por el proveedor deben ser ofrecidos al público en general, respetando sus preferencias, creencias, orientación, rasgos culturales, etc., sin distinción alguna.

Como ves, esta Norma Oficial Mexicana vela por el bienestar de los consumidores que realizarán la compraventa de un nuevo hogar. Aunque esta NOM es reciente, ampara todos los aspectos involucrados en el proceso de compra de un inmueble y permitirá que el sector inmobiliario impulse la legalidad y el respeto a los consumidores.



Fuentes

Century 21